jueves, 10 de diciembre de 2015

la constitucion pilitica del ecuador


LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR

Inspirado en su historia milenaria, en el recuerdo de sus héroes y en el trabajo de hombres y mujeres que, con su sacrificio, forjaron la patria;
fiel a los ideales de libertad, igualdad, justicia, progreso, solidaridad, equidad y paz que han guiado sus pasos desde los albores de la vida republicana,
proclama su voluntad de consolidar la unidad de la nación ecuatoriana en el reconocimiento de la diversidad de sus regiones, pueblos, etnias y culturas, invoca la protección de Dios, y en ejercicio de su soberanía, establece en esta Constitución las normas fundamentales que amparan los derechos y libertades, organizan el Estado y
 las instituciones democráticas e impulsan el desarrollo económico y social.

Art. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia,
social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural,
plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de
manera descentralizada.
La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la
autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder público y de las
formas de participación directa previstas en la Constitución.
Los recursos naturales no renovables del territorio del Estado pertenecen a
su patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible.
Art. 2.- La bandera, el escudo y el himno nacional, establecidos por la ley,
son los símbolos de la patria.
El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el castellano, el kichwa y el
shuar son idiomas oficiales de relación intercultural. Los demás idiomas
ancestrales son de uso oficial para los pueblos indígenas en las zonas
donde habitan y en los términos que fija la ley. El Estado respetará y
estimulará su conservación y uso.


 



 

jueves, 3 de diciembre de 2015

EL ESTADO ECUATORIANO Y SUS FUNCIONES

 

FUNCIONES DEL ESTADO
1-legislativa
2.-Ejecutiva
3.-Judicial y justicia indígena
4.-De Transparencia y Control Social
5.-Electoral
 
 
FUNCIÓN LEGISLATIVA 

Sección primera: Asamblea Nacional  (elección popular representativa)
Sección segunda: Control de la acción de gobierno (enjuiciamiento político, destitución a Presidente y/o Vicepresidente)
Sección tercera: Procedimiento legislativo: proponer formulación de leyes 


FUNCION EJECUTIVA

Sección primera: Organización y  funciones (Presidente es responsable de la  Administración Pública)
.Sección segunda: Consejos nacionales de igualdad (aseguran vigencia y ejercicio de los  derechos consagrados en la Constitución)
.Sección tercera: Fuerzas Armadas y Policía Nacional (defensa y soberanía)
.Sección cuarta: Estados de excepción (conflicto interno o externo)


FUNCION JUDICIAL
.Sección primera: Principios de la administración de justicia (emana del  pueblo)
.Sección segunda: Justicia indígena ( en su jurisdicción y acorde a sus tradiciones  ancestrales, con participación de las mujeres y que no sean contrarias a la Constitución ni a las normas internacionales
.Sección tercera : Principios de la Función Judicial
.Sección cuarta : Organización y  funcionamiento
.Sección quinta : Consejo de la Judicatura
.Sección sexta : Justicia ordinaria
.Sección séptima: Jueces de Paz
Sección octava : Medios alternativos de  solución de conflictos
( arbitraje y mediación)
.Sección novena : Defensoría Pública
.Sección décima : Fiscalía General del Estado
.Sección undécima : Sistema de protección de víctimas y testigos
.Sección duodécima : Servicio notarial
.Sección decimotercera : Rehabilitación social


FUNCION DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL

.Sección primera: Naturaleza y funciones ( el pueblo es el mandante y primer fiscalizador  del poder público)
.Sección segunda : Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
.Sección tercera: Contraloría General del Estado
.Sección cuarta: Superintendencias
.Sección quinta : Defensoría del Pueblo
 
FUNCIÓN ELECTORAL

Sección primera: Consejo Nacional  Electoral (garantiza el ejercicio de los  derechos políticos por medio del sufragio)
.Sección segunda: tribunal contencioso  electoral
.Sección tercera: Normas comunes de control político y social


 
 
 
 
 
 


lunes, 16 de noviembre de 2015

Las Drogas

Una droga es una sustancia que puede modificar el pensamiento, las sensaciones y las emociones de la persona que la consume. Las drogas tiene la capacidad de cambiar el comportamiento y, a la larga, la manera de ser.
Algunas drogas se consideran legales y otras, ilegales. La consideración de un tipo de droga como legal (como sucede con el alcohol o el tabaco) implica tan solo una regulación diferente de la producción y de la comercialización, y en ningún caso quiere decir que no sea peligrosa.
Todas las drogas comportan un riesgo y no existe consumo alguno que pueda considerarse totalmente seguro. El riesgo resulta de la combinación de tres factores: los efectos que provoca la sustancia, la manera de utilizarla (dosis, forma de administrarla, efectos que quieren obtenerse con ella) y la vulnerabilidad del consumidor.

Efectos de la droga

Los efectos que provocan las drogas son diferentes sobre nuestro sistema nervioso según los distintos tipos de drogas consumidas: unas son excitantes y otras, depresoras; unas aceleran nuestro funcionamiento mental, con el riesgo de aumentar los errores, y otras lo lentifican o lo distorsionan; otras producen alucinaciones o cambios en la percepción de la realidad.
El consumo de drogas tiene consecuencias en el funcionamiento normal de nuestro sistema nervioso y provoca una serie de efectos que alteran nuestras capacidades: modifican la manera de pensar, de funcionar, de relacionarse con los demás y de enfrentarse a los desafíos de la realidad. En definitiva, nos hacen menos protagonistas de nuestra vida.
Las drogas producen efectos negativos sobre nuestras capacidades físicas y mentales. Las consecuencias del consumo de drogas también pueden ser observadas en animales. Cuando una araña es expuesta a vapores que contienen LSD, su capacidad para construir la tela se altera de manera considerable.
El resultado es una tela de mala calidad que no podrá cumplir sus funciones de atrapar insectos.